Conforme a la Ley25/2009 de 22 de diciembre, los sujetos que quieran realizar la actividad de comercialización de gas natural deberán comunicar a la Administración competente y, en todo caso, al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, el inicio o cese de la actividad, acompañando la comunicación de una declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos que se establezcan reglamentariamente.
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